Orden de 4 de julio de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, por la
que se establecen procedimientos en materia de recursos humanos para el
curso 2006-2007.
Regula entre otros: Régimen de jornada semanal, módulos profesionales en que
los interinos han de estar habilitados, titulaciones para impartir docencia en
programas bilingües, informe del profesorado especialista, Calendarios de
adjudicaciones, modelos de certificación de servicios y de complementos.
Nota del SIDI: En su norma final 18, modifica el apartado 4 del epígrafe III (Desarrollo de los actos presenciales de
adjudicación) de la Resolución de 8 de julio de 2002, de la Dirección General de
Personal, por la que se dictan las instrucciones que regulan los procedimientos
de adjudicación del profesorado docente interino no universitario (BORM de 19 de
julio).
Orden de 4 de julio de 2006, de la Consejería de Educación y Cultura, por la
que se establecen procedimientos en materia de
recursos humanos para el curso 2006-2007 (Texto completo en formato PDF
sin anexos).
Ver los anexos.
TÍTULO I: NORMAS COMUNES A TODOS LOS
NI VELES DE LAS ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESCOLAR
1.- NUEVAS DOTACIONES DE PROFESORADO.
2.- COMISIONES DE SERVICIOS.
3.- ENSEÑANZAS DE RELIGIÓN.
3.1.Enseñanza de Religión Católica.
3.2.Enseñanzas de otras Religiones.
3.3.Jornada.
4.- PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD.
4.1. Permiso por paternidad y maternidad y disfru te
de las vacaciones.
4.2. Profesoras itinerantes en período
de gestación.
4.3. Profesorado interino.
5.- PROFESORADO INTERINO.
5.1. Derechos
retributivos.
5.2. Causas justificadas de renuncia a la oferta de
los puestos en régimen de interinidad.
5.3.
Causas justificadas de renuncia del puesto desempeñado en régimen de
interinidad.
5.4.
Listas de aspirantes a plazas de interinidad.
5.5. Habilitación del profesorado para la
impartición de determinados módulos de los ciclos
formativos.
5.6.
Habilitación del profesorado para el desempe ño de
puestos dentro de los programas de enseñanza bilingüe español-inglés o
español-francés.
5.7.
Provisión de necesidades de trabajo
socioeducativo en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica e
Institutos de Educación Secundaria.
5.8.
Jornadas inferiores a la ordinaria.
5.9. Extinción del nombramiento para el desempe ño
de puestos en régimen de interinidad.
5.10.
Habilitación del profesorado interino que integra las listas del Cuerpo de
Maestros.
6.- PROFESORADO ESPECIALISTA.
7.- PLAZAS OFERTADAS.
8.- DESPLAZAMIENTO DE PROFESORADO DE SU
CENTRO POR FALTA DE HORARIO
LECTIVO.
8.1.
Concurrencia de Cuerpos docentes en la Educación Secundaria Obligatoria.
8.2.
Criterios para el desplazamiento del profesorado.
9. MEJORA DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO
DEL PROFESORADO
9.1 .-
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
9.2. Reducción de jornada lectiva por razón de
edad
TÍTULO II: ADJUDICACIÓN DE DESTINOS
PROVISIONALES.
1. CUERPO DE MAESTROS.
1.1.Cambios de perfil de las vacantes.
1.2. Orden de adjudicaciones.
1.3. Calendario a seguir.
2.- ENSEÑANZA SECUNDARIA, FORMACIÓN PRO FESIONAL,
ARTÍSTICAS E IDIOMAS.
2.1.
Prioridades y calendario de adjudicaciones de
destinos provisionales.
2.2.
Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas
2.3. Necesidades docentes de las Escuelas Ofi ciales
de Idiomas.
2.4.
Necesidades docentes de la Escuela de Arte y Superior de Diseño.
2.5.
Fecha de incorporación del profesorado.
2.6. Jornada y horario del Profesorado.
2.7. Profesorado que forma parte de los órganos
específicos de representación contemplados en la Ley
9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación.
TÍTULO III: NORMAS SOBRE FUNCIONAMIENTO
DE LOS CENTROS
1.- ATENCIÓN DOMICILIARIA AL
ALUMNADO
2.- EDUCACIÓN A DISTANCIA
3.- OBLIGACIONES DE LOS ÓRGANOS DIRECTIVOS
DE ESTA CONSEJERÍA
TÍTULO IV: NORMAS
FINALES
Anexos:
-
ANEXO I: Régimen de jornada semanal que corresponde
a los profesores de religión en Educación
Secundaria.
-
ANEXO II: Régimen de jornada semanal que corresponde
a los profesores de religión en Educación Infantil
y Primaria.
-
ANEXO III: Módulos profesionales de formación
profesional específica en los que, para su impartición,
el profesorado interino precisa poseer el requisito de
habilitación.
-
ANEXO IV: Especialidades no convocadas en el
procedimiento selectivo realizado por Orden de 12 de
abril de 2006 (BORM del 19) de los cuerpos de Profesores
de Enseñanza Secundaria, Profesores
Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes
Plásticas y Diseño.
-
ANEXO V: Titulaciones requeridas para la
impartición del programa de enseñanza bilingüe.
-
ANEXO VI: Modelo informe de profesorado
especial ista.
-
ANEXO VII: Calendario de adjudicaciones en educación
infantil y primaria.
-
ANEXO VIII: Calendario de adjudicaciones en los
niveles educativos de educación secundaria, formación
profesional de grado superior y enseñanzas de régimen
especial.
-
ANEXO IX: Régimen de jornada semanal de profesorado
que imparte docencia en Institutos de Enseñanza
Secundaria, Centros de Educación de Adultos (profesorado
del resto de cuerpos docentes, excepto
Maestros), Escuelas Oficiales de Idiomas, Conservatorios
de Música y Artes Escénicas, Conservatorio de
Danza, Escuelas de Arte y Superior de Diseño, Escuela
Superior de Arte Dramático y Centros de Educación de
Adultos (profesorado del cuerpo de Maestros que imparta
12 o mas períodos de enseñanzas de educación
secundaria para adultos).
-
ANEXO X: Régimen de jornada semanal del profesorado
de los centros docentes públicos que imparten
Educación Infantil y Primaria y, de modo provisional, primer
y segundo curso de educación secundaria obligatoria,
centros de educación especial y centros de adultos
(profesorado del cuerpo de Maestros que imparten menos
de 12 horas de educación secundaria para adultos).
-
ANEXO XI: Régimen de jornada semanal de profesorado
mayor de 55 años que imparten docencia en
Institutos de Enseñanza Secundaria, Centros de Educación
de Adultos (profesorado del resto de cuerpos docentes,
excepto Maestros), Escuelas Oficiales de Idiomas,
Conservatorios de Música y Artes Escénicas,
Conservatorio de Danza, Escuelas de Arte y Superior de
Diseño, Escuela Superior de Arte Dramático y Centros
de Educación de Adultos (profesorado del cuerpo de
Maestros que imparta 12 o mas períodos de enseñanzas
de educación secundaria para adultos).
-
ANEXO XII: Modelo de certificación de servicios a
tiempo parcial.
-
ANEXO XIII: Modelo de certificación de servicios a
tiempo parcial de profesor interino.
-
ANEXO XIV: Modelo de solicitud del complemento
de Maestros en secundaria.
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