CONCURSO DE TRASLADOS 2018: Publicación de la Resolución PROVISIONAL Secundaria, Fp y Otros.
Resolución de 7 de marzo de 2019 de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos por la que se anuncia la Resolución, con carácter provisional, del concurso de traslados de los funcionarios de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Profesores Técnicos de Formación Profesional y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocado por Orden de 26 de octubre de 2018

El plazo de presentación de desistimiento y reclamaciones contra las citadas  relaciones  será  de  siete  días  hábiles,  contados  a  partir  del día siguiente a su exposición.
MODIFICACIÓN DEL PLAZO (Resolución 13/03/2019): Ampliar  el  plazo  de  reclamaciones  que  establece  el resuelvo octavo de la Resolución de 7 de marzo de 2018, por la que se publica, con carácter provisional el concurso de traslados, hasta el 26 de marzo inclusive.

Plazo desde el 13 de marzo hasta el 26 de marzo de 2019, ambos inclusive.

ACLARACIÓN EN EL CASO DE DESISTIR Y QUERER PARTICIPAR EN LAS COMISIONES DE SERVICIO. Recuerda que si desistes es como si NO hubieses participado


En el caso de las comisiones de servicio del tipo 3 B) y 3 C) establecidas en la presente orden, será necesario haber participado en el concurso de traslados en el ámbito de la Región de Murcia para el mismo curso escolar para el que se solicita la comisión de servicios sin conseguir destino o haber obtenido el primer destino definitivo, o bien no haber podido participar en el mismo por las causas legalmente establecidas. Con carácter extraordinario este requisito podrá excepcionarse en el caso de situaciones sobrevenidas y fehacientemente acreditadas (enfermedad, motivos de índole social).


3.B.- Por motivos graves de salud.

3.B.1.- Por motivos de salud propios.

3.B.2.- Por motivos de salud de cónyuge ( o persona con análoga relación de afectividad) o hijos.

3.C.- Por causas sociales y de cuidado de hijos menores de 12 años.

3.C.1.- Por cuidado de hijo menor de doce años.

3.C.2.- Por motivos de carácter social.

[ <-- ]
VOLVER