OPOSICIONES INSPECCIÓN 2019: Resolución 15/01/19 censo, sorteo tribunales, voluntarios y alegaciones
Resolución de 15 de enero de 2019 de la Dirección General de Planificación Educativa y Recursos Humanos, por la que se publica el censo de los funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación que servirá de base para la designación de los vocales de los tribunales que han de seleccionar a los participantes en el procedimiento selectivo para acceso a dicho cuerpo que se convoque durante el año 2019,se abre el plazo para que los funcionarios del citado cuerpo puedan solicitar formar parte voluntariamente de los mismos, y se determinan las normas que regirán el acto del sorteo para la designación de los vocales de dichos tribunales

El sorteo público se realizará el día 29 de enero de 2019, a las 10 horas, en el Salón de Actos de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, sita en avenida de la Fama, 15, 1ª planta, de Murcia.

Se establece un plazo de diez días naturales, contados a partir  del  día  siguiente  a  la  publicación  de  la  presente  resolución, para alegar omisiones o solicitar la exclusión de la lista. (Plazo de alegaciones desde el 16 de enero hasta el 25 de enero de 2019, ambos inclusive)

Serán  admisibles,  como  causas  de  exclusión,  las  que  a continuación se indican:
 
a)  Situación de permiso por maternidad o paternidad, adopción o acogimiento o por acumulación de lactancia.
b)  La  imposibilidad  absoluta  derivada  de  enfermedad, debidamente certificada por la Unidad de Inspección Médica de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes. 
c)  Los permisos de reducción de jornada de trabajo concedidos hasta el 31 de julio de 2019 al amparo del artículo 48.h) del Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del TRLEBEP, y la Resolución de 19 de mayo de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se ordena la publicación del acuerdo sobre medidas sociales para el personal al servicio de  la  Administración  Pública  de  la  Región  de  Murcia.  La solicitud de cualquier otra licencia o permiso será estudiada y analizada  por  esta  consejería  para  su  estimación,  en  su caso.
d)  Los permisos de reducción de jornada, concedidos hasta el 31 de agosto de 2019, al amparo del artículo 6.1 de la  Ley 5/2012,  de  29  de  junio,  de  ajuste  presupuestario  y  de medidas en materia de Función Pública.
e)  Manifestar  expresamente,  mediante  declaración  jurada  del interesado,  su  intención  de  jubilarse  anticipadamente  antes del 31  de  marzo  de  2019,  así como el deseo de no formar parte del tribunal por esta causa.
f)  Haber  actuado  efectivamente  como  miembro  de  tribunal en los  procedimientos  selectivos  convocados  por  Orden  de  19 de enero de 2017.
 
En  el  caso  de  hallarse  en  alguna  de  las  circunstancias expuestas en las letras c), d), e) o f)  de este apartado, la exclusión se  concederá  siempre  que  no  impidan  configurar  adecuadamente los tribunales requeridos y cuando, a criterio de la Dirección General de  Planificación  Educativa  y  Recursos  Humanos,  lo  permitan  las necesidades del servicio.
 
Asimismo,  quienes  no  aleguen  su  omisión  de  las  listas  en  el mismo plazo, decaerán en su derecho a participar en los tribunales.


Aquellos funcionarios de carrera en activo del Cuerpo de Inspectores de Educación que se encuentren prestando servicios en la  Inspección  de  Educación  de  manera  efectiva,  en  el  ámbito  de gestión de esta Comunidad Autónoma, y deseen formar parte, como voluntarios, de los tribunales, deberán solicitarlo, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de esta  resolución,  mediante  solicitud  conforme  al  modelo  publicado como  anexo  II.  Las  solicitudes,  dirigidas  a  la  Consejera  de Educación  Juventud  y  Deportes,  se  presentarán  en  los  lugares establecidos en el apartado segundo de esta resolución.  (Plazo de solicitudes desde el 16 de enero hasta el 25 de enero de 2019, ambos inclusive)
 
Los  solicitantes  manifestarán  expresamente  que  no  concurren en ellos ninguna de las circunstancias  previstas en el artículo 23 de la  Ley  40/2015,  de  1  de  octubre,  de  Régimen  Jurídico  del  Sector Público.
 
Asimismo,  declararán  que  no  han  realizado  tareas  de preparación  de  aspirantes  a  pruebas  selectivas  para  el  Cuerpo  de Inspectores  de  Educación  en  los  cinco  años  anteriores  a  la publicación de esta resolución, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.4 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
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