Trienios: Los padres de la criatura. |
Hasta ahora las administraciones y sindicatos "no de interinos", defendían que los interinos no podrían cobrar los trienios, por que sencillamente la ley no lo permitía y por lo tanto era ilegal. Los sindicatos de interinos han sido los únicos que han mantenido una actitud beligerante en este aspecto, y ahora que la ley va a ser cambiada, todos dicen que han sido ellos los salvadores de los interinos, y que les debemos estar eternamente agradecidos. Para poner las cosas en su sitio y saber quienes han sido realmente los padres de la criatura, no está de más echarle un vistazo al siguiente artículo publicado en INSUCAN el 18 de Diciembre de 2006.
TRIENIOS PARA INTERINOS Y SUSTITUTOS El artículo 25 del Proyecto de Ley: Estatuto Básico del Empleado Público, que recoge las retribuciones de los interinos (y sustitutos) ha salido de la comisión con enmiendas que reconocen el pago de trienios a los interinos y sustitutos, falta que sea aprobado por el pleno del Congreso de Diputados. Las enmiendas que ha llevado a esta situación han sido presentada por:
Texto del "Proyecto" de Ley:
Artículo
25. Retribuciones de los funcionarios interinos. Fuente : INSUCAN |