Establecer un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de posibles errores u omisiones, así como para renunciar al encuadramiento inicial en el tramo I y a la percepción de la retribución correspondiente, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el tablón de anuncios de la Consejería de Educación y Cultura.