█ SIDI INFORMA – MEDIDAS DE APOYO A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD ASÍ COMO A DOCENTES CON FAMILIARES DEPENDIENTES DE PRIMER GRADO PARA LOS ACTOS DE ADJUDICACIÓN
En relación con el apartado 3.b) del Acuerdo de Mesa General de 13 de diciembre de 2021, se adopta, en sesión del grupo de trabajo de la Mesa Sectorial de Educación de fecha 21 de enero de 2022, el siguiente criterio de interpretación para los interinos del ámbito educativo:
1. Las personas que formen parte de las listas de espera para la cobertura de puestos docentes, con un hijo o hija menor de 12 años, o mayor con discapacidad a su cargo, no estarán obligadas a participar en los actos de adjudicación y, en caso de hacerlo, podrán voluntariamente pedir cualquiera de los puestos ofertados, sin ningún tipo de exclusión o penalización.
2. Las personas que formen parte de las listas de espera para la cobertura de puestos docentes que tengan a su cargo familiares dependientes de hasta el primer grado que convivan en el mismo domicilio familiar podrán renunciar al puesto de trabajo ofrecido* (tienen obligación de participar en los actos, pero solo les será exigible pedir los puestos obligatorios ofertados en su municipio de residencia), sin que el ejercicio de este derecho pueda dar lugar a ningún tipo de exclusión o penalización.
*Artículo 21. Obligatoriedad de los puestos (Orden de Recurso Humanos curso 25/26)
6. Cuando así lo soliciten, las personas que formen parte de una bolsa de empleo temporal o lista de espera para la adjudicación de puestos de trabajo o nombramientos temporales, con un hijo o hija menor de 12 años (la edad quedará registrada en el sistema, y no será necesario aportar nueva documentación cuando se ejerza el derecho) o mayor con discapacidad no estarán obligadas a participar en los actos de adjudicación y, en caso de hacerlo, podrán voluntariamente pedir cualquiera de los puestos ofertados, sin ser excluidas ni penalizadas.
En caso de tener a su cargo familiares dependientes de hasta primer grado, que convivan en el mismo domicilio familiar, podrán renunciar al puesto de trabajo ofrecido sin ser excluidas ni penalizadas por ello, usando en ambos casos el correo electrónico spd_primaria@murciaeduca.es o spd_secundaria@murciaeduca.es según proceda, indicando en el apartado asunto “Conciliación”.
¿CÓMO DEBO SOLICITARLO?
Para poder acogerse a dichas medidas se requiere la siguiente documentación, que será remitida mediante e_mail al buzón de correo de spd_secundaria@murciaeduca.es / adtele.primaria@murciaeduca.es (según corresponda), antes de la hora de finalización del acto (comprobar en cada convocatoria por si publicasen otra hora distinta), indicando en el apartado asunto “Conciliación”:
1.- En caso de adjudicatarios con hijo o hija menor de 12 años o mayor con discapacidad:
a. Libro de familia o certificado del Registro Civil
b. Certificado de discapacidad
c. Para hijos mayores de edad se requiere certificado de empadronamiento.
2.– Para adjudicatarios con familiares dependientes de hasta primer grado que convivan en el mismo domicilio:
a. Libro de familia o certificado del Registro Civil
b. Certificado de dependencia
Las adjudicatarias o adjudicatarios que cumpliendo los requisitos de este apartado, presentaran la documentación correspondiente por este supuesto en actos de adjudicación de este curso o del curso anterior, no deberán aportar nuevamente dicha documentación ni remitir correo manifestando su voluntad de acogerse a dichas medidas.
AL APLICAR ESTAS MEDIDAS EL ACTO ES VOLUNTARIO por lo que puedes o no participar en el mismo y en caso de hacerlo puedes seleccionar sólo las plazas por las que estés interesado incluso si son de tu localidad.