Plazo de reclamación: del 04 al 10 de octubre de 2023
ENLACE A LA SOLICITUD ON LINE: PROCEDIMIENTO 873 – Listados de interinos de los Cuerpos de la Enseñanza Secundaria surgidos de las oposiciones
Dichas solicitudes se cumplimentarán exclusivamente de forma telemática, a través del formulario web disponible en la sede electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (http://sede.carm.es), en el procedimiento 873 – Listados de interinos de los Cuerpos de la Enseñanza Secundaria surgidos de las oposiciones. A través del apartado “Presentación de solicitudes” se accederá al formulario seleccionando el trámite “Escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora” En dicho formulario podrán seleccionar Número de registro como Tipo de referencia, consignando como Código de registro el código 873.
– En el plazo y medios establecidos en el apartado tercero de esta resolución los aspirantes que figuran empatados deben presentar certificación académica de título alegado para el ingreso en la correspondiente lista, con el objeto de decidir sobre el desempate establecido en artículo 94.2 c) de la orden de convocatoria.
En la certificación académica personal deben constar las puntuaciones obtenidas en todas las asignaturas y cursos exigidos para la obtención del título alegado, con indicación expresa de la nota media.
En el supuesto de que no se remita certificación académica personal en la que consten las puntuaciones obtenidas en todas las disciplinas y cursos exigidos para la obtención del título alegado, con indicación de la nota media, y en su defecto se presente copia del título o de la certificación del pago de los derechos de expedición, se considerará que la persona obtuvo la nota media de aprobado.
- Enlace Acuerdo de Interinos
- 5. Bloque III. Se crea un nuevo grupo de prioridad, tras los dos anteriores, denominado Bloque III, en las siguientes condiciones:
Las personas que pertenezcan a varias listas vigentes de la Región de Murcia (extraordinarias inclusive) y decaigan de su pertenencia a las mismas por presentarse a una oposición convocada en esta comunidad autónoma por la especialidad correspondiente a una de ellas, incompatible con presentarse al resto, pasarán de oficio a formar parte de un tercer bloque de prioridad, ordenado exclusivamente por la experiencia docente, computada en los mismos términos que en el resto de bloques. Los desempates se efectuarán por la nota media del expediente académico del título alegado para el ingreso en la correspondiente lista.
- 5. Bloque III. Se crea un nuevo grupo de prioridad, tras los dos anteriores, denominado Bloque III, en las siguientes condiciones:
ACLARACIÓN SIDI SOBRE Bloque 3. Las personas que pertenezcan a varias listas vigentes de la Región de Murcia (extraordinarias inclusive) y decaigan de su pertenencia a las mismas por presentarse a una oposición convocada en esta comunidad autónoma por la especialidad correspondiente a una de ellas, incompatible con presentarse al resto, pasarán de oficio a formar parte de un tercer bloque de prioridad, *ordenado exclusivamente por la experiencia docente,* computada en los mismos términos que en el resto de bloques. Los desempates se efectuarán por la nota media del expediente académico del título alegado para el ingreso en la correspondiente lista.
En ningún caso nadie de la lista 2 adelanta al último de la lista 1, ni nadie de la lista 3 adelanta al último de la lista 2