Cuerpo 590: Especialidades comunes a todos los cuerpos: Filosofía, Griego, Latín, Matemáticas, Francés, Alemán, Música y Tecnología.
Cuerpo 590: Especialidades de Formación Profesional: Administración de Empresas, Construcciones Civiles y Edificación, Informática, Organización y Gestión Cormercial, Procesos de Producción Agraria, Laboratorio, Servicios a la Comunidad y Sistemas y Aplicaciones Informáticas.
RECLAMACIÓN DE PUNTUACIONES de las listas provisionales de los participantes seleccionados (ANEXO III)
Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Orden de convocatoria, las reclamaciones sobre la puntuación asignada en las listas provisionales de seleccionados a los que se refiere el artículo tercero de esta resolución, habrán de presentase en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su exposición en el tablón de anuncios de esta Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.
Plazo de alegaciones desde el 9 de mayo hasta el 15 de mayo de 2024, ambos inclusive
ENLACE AL PROCEDIMIENTO 1897 DE SEDE ELECTRÓNICA: Elaboración de listas extraordinarias de personal docente interino
Las reclamaciones se presentarán, en su caso, de forma telemática, mediante el formulario de “escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora” al que se puede acceder desde la página de solicitudes del propio procedimiento código 1897 en la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
El acceso a dicho documento y su firma se podrá realizar mediante certificado electrónico o el sistema cl@ve. Se podrá acceder al mencionado formulario a través del enlace “Realizar un trámite” de la sede electrónica. A continuación, introduciendo el código 1897 en el apartado “Registro y guía de procedimientos y servicios” se accederá al procedimiento “Elaboración de listas extraordinarias de personal docente interino”. Por último, en el apartado “Presentación de solicitudes” podrá encontrar el enlace “escrito de cumplimiento al requerimiento de subsanación/mejora”. En dicho formulario podrán seleccionar “Número de registro” como “Tipo de referencia”, consignando como “Código de registro” el número de registro que figura en el pie de página del justificante de su solicitud de participación en dicho procedimiento 1897.
Se adjuntará, de forma electrónica y en formato pdf cuanta documentación justificativa se considere oportuna en relación a la alegación realizada.
ORDENACIÓN DE LAS LISTAS
Figuran en primer lugar los aspirantes que han presentado la titulación idónea y a continuación los que cuentan con una titulación equivalente a efectos de docencia, ordenados en ambos casos por nota media del expediente académico calificado en función de la escala numérica de 0 a 10 (conforme al Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre).
En el caso de que no se haya remitido la certificación personal en la que consten las puntuaciones obtenidas en todas las asignaturas y cursos exigidos para la obtención del título alegado, con indicación de la nota media calculada conforme al RD 1125/2003, de 5 septiembre, se considera, a efectos de ordenación, que el aspirante obtuvo una nota media de 5,0000.
Los aspirantes cuyo titulo ha sido obtenido en el extranjero deben aportar junto con la copia del certificado académico original y en su caso la traducción oficial correspondiente, la declaración de equivalencia de la nota media, al amparo de la Resolución de la Dirección General de Politica Universitaria, en el supuesto de que no se haya remitido alguno de los referidos documentos se considera que el aspirante obtuvo una nota media de 5,0000.
Si para la obtención de la titulación alegada se han cursado estudios que den acceso a dicha titulación, se debe aportar inexcusablemente copia de la certificación académica personal que de acceso a la misma, junto con la certificación académica del titulo alegado, en caso contrario se considera que el aspirante obtuvo una nota media de 5,0000.