COMISIONES DE SERVICIO HUMANITARIAS 24/25: Requisito de puntuación solicitantes de otras comunidades

En aplicación del Decreto nº 200/2018, de 3 de octubre (BORM nº 243 de 20 de octubre de 2018), de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, y según lo previsto en su Artículo 12.4, el cual señala que el número de destinos provisionales en comisión de servicios por motivos de salud, cuidado de hijos menores de doce años y cuestiones graves de índole social, relativo a funcionarios de otras administraciones educativas, será determinado por el órgano competente en materia de recursos humanos siguiendo criterios de necesidades del servicio y equilibrio en la gestión de los recursos humanos, esta Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación.

Resuelve:

Primero.- El número de comisiones de servicios para funcionarios docentes de otras administraciones educativas para el curso 2024-2025, por motivos de salud, cuidado de hijos menores de doce años o cuestiones de índole social, para ocupar puestos docentes en la Región de Murcia, será el resultado de conceder todas aquellas peticiones en cuya baremación se obtenga una puntuación igual o superior a cuatro puntos.

Segundo.- Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Educación, Formación Profesional y Empleo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

LA DIRECTORA GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, PLANIFICACIÓN EDUCATIVA E INNOVACIÓN