Hoy 27 de marzo hemos presentado una solicitud por registro a la Consejería de Educación y también se ha trasladado el contenido de dicha solicitud a los partidos políticos con representación en la Asamblea Regional, de cara a la elaboración de la Ley de Presupuestos de la C.A.R.M para 2020.
Este ha sido el texto presentado:
Dado que en los últimos años se viene publicando en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia las condiciones de días trabajados durante el curso escolar por parte del profesorado interino y que dan derecho al cobro integro de los meses de julio y agosto.
Que tras publicarse el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el ESTADO DE ALARMA para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE 14/03/2020), que ha sido prorrogado por el Congreso de los Diputados hasta el 11 de abril, y donde se recoge en la DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA. – SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVO:
- Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.
- La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Que, dado el ESTADO DE ALARMA, parece lógico que, respecto al número de días exigidos para el cobro íntegro de julio y agosto, se reduzca el número de días necesarios para conseguir su cobro, ya que afectan al profesorado interino que, habiendo sido cesado en sus puestos por incorporación del titular, no puede participar en un nuevo acto de adjudicación por no celebrarse actualmente.
Por todo ello, este sindicato SOLICITA a la Consejería de Educación a que eleve esta propuesta al Gobierno Regional e inste que el párrafo que indique el mínimo de días trabajados para el cobro integro de julio y agosto por parte del profesorado interino, dentro de los Presupuetos Generales de la Región de Murcia, tenga en cuenta esta situación excepcional y se reduzca el periodo de ESTADO DE ALARMA de los plazos mínimos exigidos para el cobro del integro de julio y agosto por parte de dicho profesorado interino.
En Murcia a 27/03/2020.