Los aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución provisional para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión, así como los errores en la consignación de sus datos personales y, en su caso, presentar la correspondiente reclamación contra la puntuación asignada.
Igualmente, en el mismo plazo previsto en el párrafo anterior, los aspirantes podrán presentar renuncia, expresa y no condicionada, a su participación en el procedimiento.