Se dispondrá de un plazo de reclamaciones de cinco dias hábiles, contados a partir del dia siguiente al de la publicación de la presente resolución.
Dichas reclamaciones deberán presentarse, en su caso, de forma telemática, a través de la Sede Electrónica dela CARM, en la forma establecida en el resuelvo tercero de esta resolución seleccionando, en este caso, el trámite “Alegaciones anteriores al trámite de audiencia (artículo 76)”.
Sede electrónica de la CARM (http://sede.carm.es), en el enlace “Registro y guía de procedimientos y servicios” con el número de procedimiento 934.