Orden de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se declara aprobadas las listas de aspirantes seleccionados de los procedimientos selectivos convocados para el ingreso en el Cuerpo de Maestros por orden de 15 de febrero de 2019
- Orden de 2 de febrero de 2022 de la Consejera de Educación y Cultura, por la que se modifica la Orden de 31 de julio de 2019, por la que se declaran aprobadas las listas de aspirantes seleccionados de los procedimientos selectivos convocados para el ingreso y acceso en el Cuerpo de Maestros convocados por Orden de 15 de febrero de 2019
- Resolución por la que se procede a la ejecución de las sentencia nº 1541/2023 dictada por la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo en el recurso de casación nº 5611/2021seguido a instancias de TORRALBA ANDRES AURORA, por la que resulta seleccionada en el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros convocado por orden de 15 de febrero de 2019
TERCERO.- Los seleccionados que figuran relacionados en el anexo de la presente orden deberán presentar, según sus circunstancias, la siguiente documentación:
a) Todos los aspirantes:
– declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni de hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que se publica como anexo IV de la Orden de 12 de febrero de 2019.
– declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni de hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que se publica como anexo IV de la Orden de 12 de febrero de 2019.
b) Los aspirantes de origen extranjero o que no posean la nacionalidad española y de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:
– declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según modelo que se publica como anexo IV de la Orden de 12 de febrero de 2019.
– certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los convenios
internacionales existentes.
– declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según modelo que se publica como anexo IV de la Orden de 12 de febrero de 2019.
– certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde es nacional, traducido y legalizado de acuerdo con los convenios
internacionales existentes.
c) Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de carrera, que hayan resultado seleccionados y que no dependan orgánica y funcionalmente de esta Consejería deEducación, Juventud y Deportes: – certificación u hoja de servicios del organismo del que dependan, en la que consignen de modo expreso los siguientes datos:
1) Indicación del cuerpo al que pertenece, especialidad, número de registro de personal y situación administrativa en que se encuentra.
2) Número de años como funcionario de carrera en su cuerpo de origen, debiendo constar la toma de posesión y ceses, en su caso.
Si en la certificación no pudiera hacerse constar alguno de los datos señalados, por no obrar en los expedientes personales de los interesados, estos deberán remitir separadamente los documentos que lo acrediten.
1) Indicación del cuerpo al que pertenece, especialidad, número de registro de personal y situación administrativa en que se encuentra.
2) Número de años como funcionario de carrera en su cuerpo de origen, debiendo constar la toma de posesión y ceses, en su caso.
Si en la certificación no pudiera hacerse constar alguno de los datos señalados, por no obrar en los expedientes personales de los interesados, estos deberán remitir separadamente los documentos que lo acrediten.
La documentación contemplada en el apartado tercero se presentará de forma telemática a través en la zona privada de educarm en el apartado “Modificar datos personales”, siguiendo las instrucciones que se establezcan para ello.
El plazo de presentación de la documentación solicitada será el comprendido entre los días 5 y 31 de agosto, ambos inclusive.
Asimismo con el objeto de proceder al nombramiento de funcionarios en prácticas, esta consejería citará a partir del 1 de septiembre de 2019 por medio del tablón de anuncios, y a título meramente informativo en la página web, a los aspirantes seleccionados para presentar el original del título académico requisito de ingreso en el Cuerpo de Maestros a efectos de su cotejo con la copia que se aportó en la solicitud de participación en este procedimiento selectivo conforme del artículo 28.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.