SIDI SOLICITA AL MINISTERIO QUE NO SE INCORPORE EL ALUMNADO EN LA FASE DOS DE LA DESESCALADA

AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

como mejor proceda en derecho EXPONE:

  • Que en las preguntas frecuentes del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad se dice que en la fase II pueden volver a la educación presencial en los centros educativos de manera voluntaria:

– Los menores de educación infantil y primaria (de 0 a 6 años), si sus progenitores acreditan que deben trabajar fuera de casa.

– Con carácter voluntario, estudiantes de las etapas de fin de ciclo (4º de ESO, 2º de Bachillerato y 2º de Formación Profesional de Grado Medio y Superior) en grupos de 15 por aula. Los alumnos de un mismo curso pueden repartirse en aulas contiguas o asistir al centro a diferente hora o repartirse en días alternos.

– Igualmente, y con carácter voluntario, alumnos de cualquier etapa educativa (Primaria, ESO, Bachillerato y FP) que, a juicio del claustro de profesores, necesitan actividades de refuerzo educativo. Siempre en grupos de 15 alumnos.

– Alumnados de centros de educación especial.

– Los que corresponda para la realización de la EBAU.

  • Que a 7 de mayo se han confirmado 765 casos de menores de 0 a 9 años con un aumento del 14,18% desde el 29 de abril, fecha desde la que pueden realizar salidas. Entre los 10 a los 19 años, el número de casos es de 1.398; es decir, un 17,68% más.
  • Que los centros educativos no están, simplemente, para el cuidado de los menores, sino que tienen otro cometido por lo que no se debe usar esta institución como lugar para resolver los problemas de conciliación familiar, debiendo buscar soluciones para ello con las empresas de los trabajadores y trabajadoras. Además, utilizar a los centros educativos como meras guarderías supone un desprestigio social de la profesión docente.

Por todo lo anteriormente expuesto, este sindicato SOLICITA, que en la publicación para la fase 2 del Plan para la Transición hacia una nueva normalidad no se contemple la incorporación de alumnos a los centros salvo excepciones justificadas de alumnado que finaliza enseñanzas conducentes a título oficial cuando sea imposible continuarlas por medios telemáticos o alumnado de educación especial que recibe terapia individualizada; y todo ello siempre y cuando se respeten escrupulosamente las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

En Murcia a 11/05/2020.