Proyecto de Modificación de la Orden 14/07/2017 sobre conciertos educativos de nuevas unidades en FP y Bachillerato

Proyecto de Modificación de la Orden de 14 de julio de 2017, sobre los criterios prioritarios para el concierto educativo de nuevas unidades para las enseñanzas de Formación Profesional y Bachillerato

PLAZO: Del 24 de noviembre al 7 de diciembre de 2020

PARTICIPA EN LA CONSULTA MOSTRANDO TU RECHAZO.

NOTA DE SIDI: La Consejería de Educación utiliza todas las herramientas a su alcance para hacer un uso partidista, político y claramente perjudicial para los centros educativos públicos; y de esta forma se vuelve a beneficiar a la educación privada frente a la pública, por ello te animamos a que participes en la consulta pública mostrando tu rechazo a dicho proyecto. La modificación del artículo 3.1 supone la vía libre para la concesión indiscriminada de conciertos.
Esto se añade a la estrategia de la administración regional que, desde hace varios años, no apuesta por la creación de nuevos ciclos formativos en la educación pública sino que centra su esfuerzo en la sustitución o eliminación de ellos, mostrando a la opinión pública la creación de nuevos ciclos sin indicar en ningún momento que lo realizó a consta de otro.
EN AMARILLO LO NUEVO EN ROJO LO SUPRIMIDO

Artículo 3.
Para las unidades de Formación Profesional, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1, serán criterios prioritarios para acceder al concierto educativo los siguientes:

  1. Centros que cuenten con la autorización de apertura y funcionamiento de la enseñanza de Formación Profesional de que se trate y que se encuentre efectivamente en funcionamiento en el curso inmediatamente anterior solicitada con fecha anterior a la finalización del plazo de solicitud de concierto educativo. No se considerará a estos efectos la Formación Profesional Básica, de acuerdo con el artículo 6.1 de la Orden de 30 de marzo de 2017, de la Consejería de Educación y Universidades por la que se establece el procedimiento para la aplicación del régimen de conciertos educativos para el periodo comprendido entre los cursos 2017/2018 y 2022/2023 (BORM de 01/04/2017).
  2. Antigüedad del concierto educativo del centro.
  3. Valoración por Informe favorable de la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial del proyecto educativo del centro correspondiente a la enseñanza de que se trate con competencias en materia de formación profesional del sistema educativo, que prestará especial atención a los siguientes aspectos:
    1. Idoneidad de concertar plazas en el título solicitado teniendo en cuenta la oferta formativa de la zona/localidad/municipio.
    2. Existencia de plazas disponibles para el desarrollo del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo,
    3. Adecuación del proyecto educativo del centro y coherencia de la solicitud de concierto con la oferta educativa.
    4. Demanda de profesionales en el sector empresarial al que corresponde el ciclo formativo solicitado.
    5. Adecuación de la enseñanza a concertar a las necesidades de los sectores productivos a través de proyectos de flexibilización curricular.”
  • 4. Demanda social derivada del mapa de Formación Profesional regional.