OFERTA DE EMPLEO 2022, OPOSICIÓN DE MAESTROS 2022 Y FUTURO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ESTABILIZACION DE 2023 Y 2024

En reunión mantenida el 27 de enero de 2022 la Consejería nos ha comunicado su propuesta de plazas para la Oferta de Empleo Público 2022 que va a publicar en las próximas semanas y con el fin de alcanzar una cifra superior a 900 plazas en las oposiciones de 2022.

Esta oferta final para la oposición contará exclusivamente con las plazas de tasa de resposición (es decir, las plazas cuyo origen se determina por los siguientes datos de 2021: el número de fallecidos de jubilaciones forzosas, de jubilaciones por incapacidad permanente, de jubilaciones voluntarias de excedencias voluntarias por interés particular, de excedencias voluntarias por prestación de servicios en otro cuerpo/organismo, de excedencias por cuidado de familiar con pérdida del destino definitivo) y además sumando las salidas de funcionarios por concurso de traslados y descontando la llegada de funcionarios de otras comunidades junto con los reingresos de funcionarios. La cifra total es de 389 y el cálculo de hasta el 120% que permite la ley arroja una cifra final de 466 plazas de esta OPE.

Estas 466 de la OPE de 2022 se sumarían a otras 299 de la OPE de 2021 y a 140 de la OPE de 2020 con una suma total de 905 plazas a oposición a celebrar en el verano de 2022 en el CUERPO DE MAESTROS. TODAS LAS PLAZAS DE 2022 provienen de tasas de reposición y no estarían afectadas por la Ley 20/2021.

Por tanto, una vez pase por Mesa Sectorial y por Mesa General se publicará la OPE de 2022 y quedará vía libre a la convocatoria de una oposición de 905 plazas con la siguiente distribución

DISTRIBUCIÓN POR ESPECIALIDADES – OPOSICIÓN MAESTROS 2022

ESPECIALIDADN.º PLAZAS PREVISTO
0597EI201
0597PRI166
0597PT142
0597FI140
0597EF95
0597AL66
0597MU59
0597FF36
TOTAL905

 

PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN (Ley 20/2021) – Estos procesos contemplan una doble vía, por un lado el concurso y por otro lado el concurso oposición (en ambos casos en los términos que establezca la modificación del RD 276/2007 que está todavía en fase de negociación).

La Consejería está obligada por tres fechas muy concretas.

  • Las ofertas de empleo relativas a estos procesos de estabilización, deben aprobarse y publicarse en el BORM antes del 1 de junio de 2022. Esto implicará determinar de todas las plazas de las OPE de estabilización cuales irán al concurso y cuales al concurso/oposicion que regulará la modificación del RD 276/2007
  • Las convocatorias debes aprobarse antes del 31 de diciembre de 2022 (lo que obligará a tener la convocatoria de 2023 de secundaria y de 2024 de maestros publicadas en el BORM antes del 31 de diciembre de 2022)
  • Los procesos selectivos a los que se refiere el anterior párrafo deben estar finalizados antes del 31 de diciembre de 2024.

Como las plazas de reposición (provinientes de jubilaciones, etc) solo se calculan una vez concluye el año natural, y dado que las oposiciones de estabilización deben estar convocadas antes del 31 de diciembre de 2022, nos encontrariamos con la imposibilidad de poder añadir plazas de resposición a los concursos oposiciones (salvo que se convocaran en el mismo verano dos procedimientos distintos del mismo cuerpo o de distinto cuerpo, situación que la Consejería de educación ya nos ha catalogado como imposible de gestionar, por la duplicidad de los procedimientos), por tanto consideramos que las plazas de resposición de 2022, 2023 y 2024 se acumularían para oposiciones posteriores a 31 de enero de 2024.

Disposición adicional sexta (Ley 20/2021). Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración.
Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma.

Disposición adicional octava (Ley 20/2021. Identificación de las plazas a incluir en las convocatorias de concurso.
Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.

CALENDARIO DE LOS PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN.

Es evidente que los concursos /oposicion de estabilización serán en 2023 para secundaria y 2024 para maestros

Sobre el concurso de méritos NO existe previsión de calendario. La Consejería esperará los movimientos de otras comunidades autónomas. Eso sí, el MEC, salvo que  el borrador del RD 276/2007 no lo evite en su redacción definitiva, esto supondrá que cualquier docente podrá participar en los procedimientos de otras comunidades autónomas y cualquier docente de otras comunidades autónomas podrá participar en el concurso de Murcia.

CALENDARIO OPOSICIÓN MAESTROS 2022

Se prevé la publicación de la convocatoria la segunda quincena de febrero o primera de marzo. Queda por discernir aspectos importantes como si el baremo será 5+5+2 como permite el RD 276/2007 con un límite máximo de 10 puntos o si la Consejería apostará por una distribución de 4+4+2 como ha utilizado en las oposiciones que celebró con ese modelo (2016 por ejemplo)

Una vez se convoca la oposición y se tiene un listado de opositores, se inicia también el procedimiento de ordenación de listas de interinos (meses de mayo/junio) donde la Consejería hace una exposición pública de lo que conoce de cada opositor (experiencia docente, calificaciones aprobadas en la región de Murcia y número de ocasiones en las que se ha aprobado la oposición en la Región de Murcia) de tal forma que los aspirantes puedan aportar experiencia de otras comunidades o centros concertados/privados.

VALORACIÓN DESDE SIDI

Desde SIDI, apostabamos por unos procesos de estabilización que lamentablemente, son distintos a lo que ahora nos encontramos y vamos a tratar de verificar que todas las plazas sujetas a los cálculos de la disposición adicional sexta y octava de la Ley 20/2021 sean aportados a esos procesos de estabilización. Pero por desgracia, la inoperancia y falta de previsión del Ministerio de Educación nos lleva a un escenario poco deseable donde el propio Ministerio fija unos plazos que perjudican a los procedimientos de estabilización encorsetándolos y recuperando para 2022 un RD 276/2007 con las condiciones más duras (volvemos a las 2 bolas en el escrito)  y sin poder prorrogar la modificación del RD que se aplicó en las últimas oposiciones de la Región de Murcia.

El Ministerio siempre tuvo en su mano recuperar las transitorias de la LOE (oposiciones 2007, 2008, 2009 y 2010) y siempre los distintos gobiernos del Ministerio se han negado a ello. Seguimos con temarios obsoletos que no han sido renovados en muchos casos en los últimos 25 años y con noticias sobre el futuro de los docentes que suenan más como noticias de cara a la galeria y a la opinión pública que como verdaderas mejoras de la labor docente, ¿pero qué podemos esperar, con gobiernos que cambian las leyes orgánicas de educación en cuanto entran en Moncloa?