CONCURSO DE TRASLADOS 2021: Publicación de la Resolución PROVISIONAL del Cuerpo de Maestros

ENLACE SEDE ELECTRÓNICA DE LA CARM PROCEDIMIENTO 845

Plazo de presentación de reclamaciones y renuncias: Del 7 al 15 de marzo (ambos inclusive)

Las reclamaciones o renuncias, en su caso, deberán presentarse de forma telemática, a través de la sede electrónica de la CARM. De conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el acceso a dicha sede se realizará mediante el uso de un certificado electrónico.

1. Se habilitará un enlace de acceso a la sede electrónica a través de la dirección de internet: www.carm.es/educación (Concurso de traslados 2021).

2. Se podrá acceder al formulario de alegaciones o renuncias, a través del enlace “Registro y guía de procedimientos y servicios” de la sede electrónica. A continuación, mediante el código 845 se accederá al procedimiento “Concurso de traslados de los funcionarios de los cuerpos docentes”. A través del apartado “Presentación de solicitudes” y posteriormente “Ver otros trámites de este procedimiento” accederá al formulario de alegaciones o renuncias seleccionando el trámite:
“Alegaciones o renuncias a la adjudicación provisional del Concurso de Traslados (Maestros)”.

3. En la cumplimentación del formulario se tendrá en cuenta lo siguiente:
3.1 En Tipo de referencia seleccionarán Número de registro consignando como Código de registro el número de registro que figura en el pie de página del justificante de la solicitud de participación presentada en el concurso de traslados.
3.2 En el Expone especificarán como encabezamiento “Reclamación a la adjudicación provisional” o, en su caso, “Renuncia a la participación”.

4. En caso de realizar una reclamación a la adjudicación provisional se anexará, de forma electrónica y en formato pdf, tanto el modelo de reclamación disponible en la dirección de internet: www.carm.es/educación (Concurso de traslados 2021) como, en su caso, cuanta documentación justificativa se considere oportuna en relación a los méritos alegados.

5. Asimismo, en caso de presentar renuncia, se anexará el modelo anexo XVII a la orden de convocatoria, disponible igualmente en la dirección de internet indicada.

MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN

A- DESTINO DEFINITIVO
B- EXCEDENTE VOLUNTARIO
C- RESOLUCIÓN FIRME DE EXPEDIENTE DISCIPLINARIO
D- CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA O RESOLUCIÓN DE RECURSO
E- SUPRESIÓN O MODIFICACIÓN DEL PUESTO QUE DESEMPEÑABAN CON CARÁCTER DEFINITIVO
F- REINGRESO CON DESTINO PROVISIONAL
G- EXCEDENCIA FORZOSA
H- SUSPENSIÓN DE FUNCIONES, UNA VEZ CUMPLIDA LA SANCIÓN
I- CAUSAS ANÁLOGAS QUE HAYAN IMPLICADO LA PÉRDIDA DEL PUESTO DE TRABAJO QUE DESEMPEÑABAN CON CARÁCTER DEFINITIVO
J- PROVISIONAL, QUE NUNCA HA OBTENIDO DESTINO DEFINITIVO
K- EN PRÁCTICAS

ACLARACIÓN SIDI: EN EL CASO DE DESISTIR Y QUERER PARTICIPAR EN LAS COMISIONES DE SERVICIO. Recuerda que si desistes es como si NO hubieses participado

En en el caso de las comisiones de servicio previstas en el artículo 6 del presente decreto del tipo 6.2 y 6.3, será necesario haber participado en el concurso de traslados en el ámbito de la Región de Murcia para el mismo curso escolar para el que se solicita la comisión de servicio sin conseguir destino o haber obtenido el primer destino definitivo, o bien no haber podido participar en el mismo por las causas legalmente establecidas. Con carácter extraordinario este requisito podrá excepcionarse en el caso de situaciones sobrevenidas y fehacientemente acreditadas por el solicitante y apreciadas por la comisión de
valoración regulada en el artículo 10 de este decreto.

6.2.- Por motivos graves de salud.

6.2.a.- Por motivos de salud propios.

6.2.b.- Por motivos de salud de cónyuge o persona con análoga relación de afectividad o hijos.

6.2.c.- Por motivos de salud de ascendientes en primer grado

6.3.- Por causas sociales y de cuidado de hijos menores de 12 años.

6.3.a.- Por cuidado de hijo menor de doce años.

6.3.b.- Por motivos de carácter social.

6.3.c.- Por conflicto laboral en centros educativos de la Región de Murcia.