19/05/2022 Reunión con la Consejería de Educación sobre los procedimientos de estabilización de la Ley 20/2021

En el día de hoy, 19 de mayo, hemos tenido el primer contacto con la Consejería de Educación para recibir la información básica de los procedimientos, así como algunos datos brutos de los cálculos efectuados por la Consejería.

Este sindicato ha podido saber por diversas fuentes, que en las reuniones de las distintas Consejerías y el Ministerio, todas las comunidades, excepto tres con lengua cooficial, se mostraron a favor de un procedimiento coordinado por el Ministerio, que obligaría a quienes firmen en la conferencia sectorial el acuerdo y que conllevaría la unificación de los baremos. De esta forma se crearía un anexo específico de prioridades y un solicitante solo tendría que presentar su solicitud en la comunidad que elija en primera opción y pudiendo además elegir otras comunidades. La baremación la haría esta comunidad y se evitaría que una persona obtenga más de una plaza en estos procesos de concurso. Las otras tres comunidades podrían incorporarse a última hora (ya que su postura no es firme aún), pero caso de no hacerlo habría que realizar instancias a ellas de forma individual (siempre que se cumpla con el requisito lingüístico de cada una de ellas). Además, si persisten estas tres comunidades en no coordinarse con el resto desde SIDI ya hemos advertido del perjuicio que supondría que alguna persona que obtenga destino en aquellas comunidades podría obtenerlo en las restantes y esa duplicidad de plaza podría provocar que se pierdan esas plazas.

El pasado 17 de mayo el ministerio ya ha facilitado un borrador del texto para coordinar este procedimiento (lo puedes leer en este enlace de SIDI) que debe aprobarse en Conferencia Sectorial de Educación por las comunidades que finalmente se adhieran a este sistema coordinado.

NÚMERO TOTAL DE PLAZAS DE ESTABILIZACIÓN:

VÍA 1 – DE ESAS 1643 PLAZAS TOTALES, ¿QUÉ NÚMERO DE PLAZAS PUEDEN DESTINARSE A LA VÍA 1 (CONCURSO)?

Tras la aplicación de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, la cifra total de plazas que pueden ir a los procesos por el SISTEMA DE CONCURSO (vía de estabilización extraordinaria), se encuentran entre 200 y 300 plazas . Habrá que definir el concepto de plaza estructural, estas cifras contienen todos los cuerpos docentes. Se ha tenido en cuenta el cómputo de parciales (más sencillo en el cuerpo de maestros) y se ha tenido en cuenta que la duración desde 2016 no se vea interrumpida si el acto de adjudicación se ha celebrado iniciado el mes de septiembre.

El Ministerio ha aclarado las plazas que NO deben computarse para los cálculos de la adicional 6ª y 8ª de la Ley 20/2021, y son:

  • Plazas para las que existe algún tipo de reserva a un funcionario
  • Plazas que computen como reducción horaria de equipos directivos
  • Plazas derivadas de permisos o licencias de funcionarios docentes de la CARM
  • Plazas de programas educativos que el titular se encuentre fuera de la CARM y pueda retornar a la misma.

DATOS DE APLICACIÓN DE LA ADICIONAL SEXTA LEY 2020/2021

Disposición adicional sexta. Convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración.

Las Administraciones Públicas convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016. Estos procesos, que se realizarán por una sola vez, podrán ser objeto de negociación en cada uno de los ámbitos territoriales de la Administración del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales y respetarán, en todo caso, los plazos establecidos en esta norma.

  • Cuerpo de maestros de 2019: 242 plazas aprox.
  • Cuerpo de secundaria, FP y otros: 10 plazas aprox

DATOS DE APLICACIÓN DE LA ADICIONAL OCTAVA LEY 2020/2021

Disposición adicional octava. Identificación de las plazas a incluir en las convocatorias de concurso.

Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior al 1 de enero de 2016.

  • Cuerpo de maestros 101 (ya están en la sexta computadas)
  • Cuerpo de secundaria 38
  • Cuerpo de PTFP 40
  • Cuerpo Conservatorio Superior 1

Las especialidades y cuerpos para el Sistema de Concurso se conocerán antes de julio

FECHAS DE REALIZACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS – VÍA 1

Estaría previsto que se realice antes de finalizar 2022, siendo en principio en un procedimiento coordinado a nivel nacional, lo que implicaría la unificación de los baremos a aplicar.

VÍA 2 – DE ESAS 1643 PLAZAS TOTALES, ¿QUÉ NÚMERO DE PLAZAS PUEDEN DESTINARSE A LA VÍA 2 (CONCURSO/OPOSICIÓN MEJORADO – PRUEBAS NO ELIMINATORIAS)?

La cifra total de plazas que pueden ir a los procesos por el SISTEMA DE CONCURSO/OPOSICIÓN (vía de estabilización ordinaria, pruebas no eliminatorias), se encuentran entre 1343 y 1443 plazas . Habrá que definir el concepto de plaza estructural, estas cifras contienen todos los cuerpos docentes.

En el cuerpo de maestros 932 menos la cantidad de plazas que vayan a la vía 1 de concurso (son las que se determinen en la aplicación de las adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021)
En el secundaria, fp y otros cuerpos 711 plazas menos la cantidad de plazas que vayan a la via 1 de concurso (son las que se determinen en la aplicación de las adicionales 6ª y 8ª de la Ley 20/2021).

Desde SIDI vemos como se ha perdido una gran oportunidad, que cabe recordar se inicia con el penoso acuerdo de CCOO; UGT y CSIF en el que no se tiene en cuenta a las personas y que vemos culminar en esta triste realidad; en todo caso desde SIDI velaremos por que se cumpla estrictamente la normativa vigente y se incluya el mayor número de plazas posibles en este procedimiento de estabilización.

 VÍA 3 – CONCURSO/OPOSICIÓN – PRUEBAS ELIMINATORIAS 2023

También se nos informa que las plazas provenientes de la tasa de reposición van a quedar fuera de esos procesos ya que el Ministerio alude al informe emitido por el Consejo de Estado donde se indica que estas plazas no pueden ser añadidas a la estabilización.

Con respecto a las plazas de Secundaria de la OPE de 2020 (son un total de 252 de OPE 2021) solo pueden convocarse en una oposición por la vía 3 (concurso/oposición con pruebas eliminatorias). Esto puede obligar a la Consejería a convocar dos sistemas distintos de oposición en 2023 (vía 2 y vía 3) de forma simultánea, si bien la Consejería de Educación no ha querido pronunciarse sobre la decisión a tomar en este tema.