Los aspirantes relacionados en el anexo I dispondrán de un plazo de diez días para la presentación de documentos acreditativos de nuevos méritos (especialidades no acreditadas, calificaciones y experiencia docente), o solicitudes de rectificación de los datos expuestos. Del 1 al 15 de junio de 2022
Las solicitudes se cumplimentarán exclusivamente de forma telemática, a través de este enlace al procedimiento 851 – Aspirantes a interinidad en el Cuerpo de Maestros.
NOTA SIDI. Si al rellenar los datos personales, buscas la NACIONALIDAD ESPAÑOLA y no aparece en el listado, busca como nacionalidad ENGLISH. Ocasionalmente sucede este error y al marcar ENGLISH, se transforma la selección en ESPAÑOLA.
ATENCIÓN MAYORES DE 55 AÑOS: los integrantes de las listas actualmente vigentes que antes del 31 de diciembre del 2022 hayan cumplido 55 años y cuenten en esa fecha con más de veinte años de servicios, de los cuales al menos los diez últimos años alegados sean en centros públicos de la Región de Murcia, figurarán en el lugar más alto que les corresponda por su puntuación, sumándoles la mejor nota de oposición e integrándolos en el bloque I.
Para el ejercicio de este derecho los interesados presentarán solicitud a través del formulario web en el mismo plazo y forma establecido en el apartado tercero de esta resolución. Procedimiento 851 – Aspirantes a interinidad en el Cuerpo de Maestros.
Solo se computa la experiencia docente hasta 22 de marzo de 2022
La experiencia docente prestada en centros privados será aportada y justificada por los aspirantes según modelo anexo VI de la referida Orden. Dicha experiencia, cuando se trate de centros de la Región de Murcia, será visada por la Inspección de Educación de esta Consejería en el lugar, fechas y horario que se especifica en el calendario publicado, mediante notas informativas.
CÓMPUTO DE LA EXPERIENCIA DOCENTE:
b.1) Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que se opta, en centros públicos: PRIMEROS 10 AÑOS: 0,6 (mes/fracción 0,05) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,4 (mes/fracción 0,03333)
b.2) Por cada año de experiencia docente en especialidades de otros cuerpos docentes en centros públicos: PRIMEROS 10 AÑOS: 0,3 en (mes/fracción 0,025) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,2 (mes/fracción 0,0166)
b.3) Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta, en otros centros: PRIMEROS 10 AÑOS: 0,3 (mes/fracción 0,025) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,2 (mes/fracción 0,0166)
b.4) Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: PRIMEROS 10 AÑOS: 0,15 (mes/fracción 0,0125) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,1 (mes/fracción 0,0083)