SIDI INFORMA – LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL ACUERDO DE INTERINOS ACLARA LOS ASPECTOS RELACIONADOS CON EL NUEVO BLOQUE III

Reunida la comisión de seguimiento del Acuerdo sobre personal docente interino de 2021 publicado en BORM de 15/06/2021, para aclarar los aspectos interpretativos del bloque III del acuerdo.

Dada la novedosa implantación de las listas correspondientes a este bloque, resulta necesario interpretar diversas cuestiones del acuerdo de interinos de 2021 en relación con los bloques prexistentes y la generación de derechos en función de las solicitudes formuladas en el proceso selectivo. Una vez debatidos los elementos relevantes en el punto a tratar, se adoptan los siguientes acuerdos de interpretación:

1.- Las características que definen la integración en el bloque III son estrictamente las expresadas en el apartado 5º del Acuerdo sobre personal docente interino 2021 publicado en el BORM de 15 de junio de 2021 por Resolución de 3 de junio de 2021 de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Cultura.

2.- Al término de cada oposición, cuando sea necesaria la contratación de nuevo personal por agotamiento de los bloques I y II, justo a continuación del bloque II, y en todo caso antes de efectuar convocatoria extraordinaria de cada especialidad, se elaborará y publicará la lista del Bloque III correspondiente.

3.- La pertenencia al Bloque III de una especialidad en la que ya se pertenece al Bloque II requerirá haberse presentado de modo efectivo a la oposición por cualquier especialidad convocada con imposibilidad de compatibilizar exámenes con el resto de las convocadas, sin que ello requiera ningún pago complementario.

4.- Con objeto de no integrar en listas a personas que no lo deseen y agilizar su elaboración, en el plazo de la fase de exposición pública los aspirantes del bloque II (extraordinarias inclusive) vigente en dicho plazo que quiera integrarse en el futuro bloque III de una determinada especialidad convocada y configurada en bloques deberán solicitar su inclusión en el citado bloque III. Efectuada dicha solicitud y hechas las oportunas comprobaciones se les integrará de oficio.

5.- El ejercicio del derecho definido en los puntos anteriores quedará supeditado a la permanencia hasta el 30 de junio del año en que se celebre el procedimento selectivo correspondiente en las listas del bloque II de las especialidades convocadas.

En Murcia a 12 de enero de 2023.

Firmado por

D.G de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación

Por los sindicatos:

SIDI – ANPE – CCOO – STERM – UGT – CSIF

 

DOCUMENTO FIRMADO