Nota informativa del SPD sobre novedades de partes de baja del INSS desde el 1 de abril de 2023

NOTA INFORMATIVA DEL SERVICIO DE PERSONAL DOCENTE

La publicación el pasado día 5 de enero, del RD 1060/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de duración. Y la orden ISM/2/2023, que desarrolla el referido Real Decreto introducen las siguientes novedades de interés para los centros educativos y el profesorado en general:

– A partir del día 1 de abril de 2023 entra en vigor la supresión de la obligación de los afiliados al sistema general de la Seguridad Social (SS) de recibir y presentar copia del parte de Incapacidad Temporal (IT) destinado a la empresa.
– La medida anterior no afecta a los funcionarios de carrera de MUFACE que deberán continuar presentando sus partes de baja, de continuidad o alta a través de la aplicación “e_bajas telemáticas”, aunque reciban la asistencia sanitaria a través de la Seguridad Social.
– Los docentes afiliados al sistema general de la SS no podrán tramitar ningún parte de IT a través de la aplicación “e_bajas telemáticas”.
– El INSS comunicará diariamente a la empresa (Consejería de Educación), mediante Ficheros específicos (FIE), los datos administrativos de los partes médicos de IT, estos datos no incluyen los relativos a las patologías médicas.
– A partir del lunes día 3 de abril los centros tendrán conocimiento de los datos administrativos de las bajas por Incapacidad Temporal del profesorado adscrito al sistema general de SS en los siguientes aplicativos:

  • En Plumier XXI, menú profesores, submenú gestión de faltas de asistencia, estarán disponibles los datos administrativos de las bajas tramitas de forma automática por el INSS.
  • En el portal de educarm, estarán disponibles los datos administrativos de todos los partes de IT en los siguientes apartados según corresponda al equipo directivo o al docente: gestión bajas telemáticas (equipo directivo), mis bajas telemáticas (docente) para el centro como para el docente, apartado “validados consejería”. 

– En los procesos de duración estimada inferior a cinco días naturales, el facultativo emitirá el parte de baja y el parte de alta en el mismo acto médico.