Los aspirantes que hayan obtenido plaza provisional en dos o más especialidades, y, en su caso, idioma, en el mismo cuerpo en alguna de las Administraciones educativas citadas en el Anexo I de la orden de convocatoria, deberán optar en plazo de cinco días hábiles, computados a partir de la publicación provisional del listado de aspirantes seleccionados, por una de ellas, presentando escrito a través de la sede electrónica ante la Administración educativa a cuya plaza renuncie.
En caso de que la renuncia sea a una plaza obtenida en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dicha renuncia deberá presentarse de forma telemática, a través de la sede electrónica de la CARM mediante el formulario de “alegaciones anteriores al trámite de audiencia (artículo 76)”, al que se puede acceder desde la página de solicitudes del propio procedimiento 3968.
En el supuesto de que la persona candidata no presente escrito de renuncia, se entenderá que el aspirante opta por la especialidad en la que tiene mayor puntuación o, en su defecto, por aquella especialidad en la que acredite mayor experiencia en centros educativos públicos como personal funcionario interino, expresada en años, meses y días.
Cuando la renuncia formulada por los aspirantes sea incompleta al no formular opción por una plaza única de las adjudicadas, se entenderá que opta, entre aquellas plazas a las que no renuncie, por la plaza de la especialidad en la que hayan obtenido mayor puntuación o, en su defecto, por aquella especialidad en la que acrediten mayor experiencia en centros educativos públicos como personal funcionario interino, expresada en años, meses y días.
Asimismo, si algún aspirante que figurase en dicho listado provisional como adjudicatario de una plaza, resultase también seleccionado en resolución dictada en los mismos plazos en el concurso excepcional de méritos convocado por una Administración educativa distinta a las acogidas al acuerdo de fecha de 2 de noviembre de 2022, obteniendo en ella plaza en la misma especialidad o en una especialidad distinta del mismo cuerpo, deberá, en el mismo plazo indicado en el artículo anterior, formular opción por una de las plazas obtenidas, presentando escrito en aquella Administración educativa firmante del citado acuerdo manifestando si renuncia o acepta la plaza obtenida.
Transcurrido dicho plazo y teniendo en cuenta las renuncias que, en su caso, se hayan podido presentar, se realizará la adjudicación definitiva de las plazas convocadas en el procedimiento.
A efectos informativos, se publica la adjudicación provisional de las plazas de las convocatorias del Concurso de méritos de aquellas administraticiones educativas firmantes del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación publicado por Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. Estos listados generales se ordenan por Cuerpo, especialidad, turno de ingreso, idioma y puntuación.
- Profesores de Enseñanza Secundaria (590)
- Profesores de Escuelas de Idiomas (592)
- Catedráticos de Música y Artes escénicas (593)
- Profesores de Música y Artes escénicas (594)
- Profesores de Artes pláscticas y Diseño (595)
- Maestros de Taller y Diseño (596)
- Maestros (597)
- Profesores especialistas en Sectores Singulares de Formación profesional (598)
Así mismo, a efectos informativos, se publica el listado general, ordenado alfabéticamente, de aquellos participantes en las convocatorias de las administraticiones educativas firmantes del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación que han sido adjudicados, provisionalmente, en dos o más especialidades y, en su caso, idioma, en el mismo Cuerpo.
Dichos aspirantes, conforme a lo dispuesto en el apartado octavo del citado Acuerdo, deberán optar, en el plazo de cinco días hábiles, por UNA de las plazas, presentando escrito de renuncia en la Administración educativa a cuya(s) plaza(s) se renuncie.
En este listado se señala con un asterisco la especialidad en la que cada persona candidata acredita mayor puntuación o, en su defecto, mayor experiencia en centros educativos públicos como personal funcionario interino.