Permiso parcialmente retribuido docentes funcionarios – Año Sabático – Presentación de solicitudes mayo 2024

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Solicitud de permiso parcialmente retribuido del profesorado no universitario (código 2002)

El plazo de presentación de solicitudes será entre el 1 y el 31 de mayo de cada año y, caso de ser aceptadas, producirán sus efectos a partir del inicio del curso siguiente.

Requisitos de los solicitantes:
Para poder acogerse al permiso con retribución parcial los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser funcionario de carrera de los cuerpos docentes no universitarios y encontrarse en situación de servicio activo desempeñando un puesto de trabajo efectivo. (ACLARACIÓN SIDI: Puede ser solicitado por funcionarios en prácticas).
b) No estar incurso en la tramitación de un expediente disciplinario por falta grave o muy grave, o cumpliendo sanción con motivo del mismo.
c) No estar incurso en la tramitación de un expediente de incapacidad.
d) No estar a falta de menos de cinco años para acogerse a la jubilación voluntaria.

Documentación a presentar:

  1. Solicitud según modelo normalizado
  2. Hoja de autobaremación de los méritos (anexo II), en la que deberán invocar y relacionar todos los méritos que desean les sean baremados.
  3. Proyecto con un máximo de cinco folios, que deberá responder a las necesidades personales de formación que tenga planteadas y definirá, al menos, algunas de las actuaciones a través de las cuales se pretende obtenerlas.

ANEXOS:

Observaciones: En el Modelo de autobaremación de los méritos (anexo II), deberán invocar y relacionar todos los méritos que desean les sean baremados. Proyecto con un máximo de cinco folios, que deberá responder a las necesidades personales de formación que tenga planteadas y definirá, al menos, algunas de las actuaciones a través de las cuales se pretende obtenerlas.