Plazo: del 1 al 10 de junio.
Instrucciones solicitud de C.S. resto de órganos unipersonales de gobierno
Nota informativa. Comisiones de servicio para cargos directivos. Curso 24-25
l apartado 2 del artículo 4 del Decreto n.º 200/2018, de 3 de octubre, por el que se regulan las comisiones de servicios para los funcionarios de los cuerpos docentes, establece el plazo del 1 al 10 de junio para la solicitud de las comisiones de servicio de resto de órganos unipersonales de gobierno. Tras las consultas recibidas sobre este procedimiento se informa de lo siguiente:
1. En este plazo solo deberán solicitar las comisiones de servicio para cargos directivos (jefes de estudios o secretarios) aquellos directores que, estando en el periodo de cuatro años de su mandato, deseen modificar el nombramiento de algún miembro de su equipo directivo y propongan a algún funcionario sin destino definitivo en su centro.
2. Aquellos jefes de estudios o secretarios que ya estén nombrados al amparo de este procedimiento (comisión de servicios por cargo directivo), no tendrán que volver a solicitarlo hasta cumplido el período de cuatro años de mandato del director que los propuso.
3. Respecto a los directores que resulten seleccionados y nombrados tras el procedimiento convocado por Orden de 21 de diciembre de 2023, así como los que obtengan su renovación para un próximo mandato de acuerdo con la citada orden, deberán realizar la propuesta de composición de sus equipos directivos ante la Dirección General Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación, en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del 1 de julio de 2024. En este mismo plazo podrán realizar propuestas de comisiones de servicio para jefes de estudios o secretarios.
Con la finalidad de facilitar el trabajo de preparación de las plantillas y puestos de trabajo de los centros de cara a los actos de adjudicación de vacantes para el próximo curso, se ruega que aquellos directores que dispongan de la identidad de los candidatos los comuniquen lo antes posible al Servicio de Personal Docente mediante los buzones de correo electrónico: spd_secundaria@murciaeduca.es ó spd_primaria@murciaeduca.es según proceda.
4. A los directores a los que se hace referencia en el apartado anterior que no tengan destino definitivo en el centro para el que sean nombrados, se les concederá de oficio la correspondiente comisión de servicio, por lo que no será necesario realizar ninguna solicitud.
5. Finalmente, en el caso de directores en el ejercicio de su cargo que han obtenido destino definitivo en otro centro a partir del 1 de septiembre, y que de forma extraordinaria desean permanecer como directores hasta el final de su mandato en el centro de servicio actual, deben solicitarlo por escrito mediante comunicación interior dirigida a la Directora General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación que resolverá sobre la correspondiente comisión de servicios teniendo en cuenta las circunstancias que concurran en el centro educativo.
LA JEFA DE SERVICIO DE PLANIFICACIÓN Y PROVISIÓN DE EFECTIVOS