- Resolución de 22 de mayo de 2026 de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa e Innovación por la que se da cumplimiento a la fase de exposición pública y de presentación de documentos para la elaboración de las listas de interinidad para el curso 2026-2027 en el Cuerpo de Maestros
Anexo I: Listado alfabético de aspirantes a desempeñar puestos docentes en régimen de interinidad.
Anexo II: Listado de interinos integrantes del bloque I de la lista vigente. (NOTA SIDI – interinos en las actuales listas que no han formulado instancia para participar en la oposición pero tienen derecho a rebaremar su experiencia.)
Plazo de presentación de documentos acreditativos de nuevos méritos, (calificaciones y experiencia docente) o solicitudes de rectificación de los datos expuestos: Del 25 de mayo al 5 de junio (ambos inclusive)
ACCESO A SEDE ELECTRÓNICA: PROCEDIMIENTO 851 – Aspirantes a interinidad en el Cuerpo de Maestros
Una vez firmado dicho formulario se generará el documento “Justificante de presentación” en formato PDF. Debe imprimir o guardar una copia de dicho documento. Dicho documento contendrá una copia de la solicitud efectuada, una relación de los documentos aportados, y los códigos de firma y registro de la solicitud. En este caso la solicitud se considerará presentada ante la Administración, no siendo necesaria presentación de justificante alguno por ningún otro medio ante la misma.
ATENCIÓN MAYORES DE 55 AÑOS: De conformidad con lo establecido en los acuerdos de personal docente interino, para las especialidades convocadas en la presente orden, cuyas listas deban reconfigurarse por primera vez, los integrantes de las listas de interinos vigentes a 30 de junio de 2021, que tengan cumplidos 55 años, antes del 31 de diciembre 2026, y cuenten en esa fecha con más de veinte años de servicio en centros públicos, de los cuales al menos los diez últimos años alegados sean en centros públicos de la Región de Murcia, figurarán en el lugar más alto que corresponda por su puntuación, sumándoles la mejor nota de oposición e integrándolos en el Bloque I.
Para el ejercicio de este derecho se requerirá la solicitud del interesado y la acreditación fehaciente de la edad, en el procedimiento y plazos que se establezcan en la resolución a la que se alude en el artículo 100 de esta orden. PROCEDIMIENTO 851 – Aspirantes a interinidad en el Cuerpo de Maestros
NORMATIVA RELACIONADA:
- Resolución de 3 de junio de 2021 que publica en el BORM Acuerdo sobre personal docente interino
- Anexo XIII.- Valoración de la experiencia docente a efectos de ordenación en la lista de interinos
Solo se computa la experiencia docente hasta 16 de FEBRERO de 2026
Todos, tanto aquellos que ya forman parte de las listas de interinos, como aquellos que se presentan por primera vez o no están en las actuales listas; pueden aportar méritos de experiencia en otras comunidades o en centros privados concertados AUNQUE NUNCA HAYAN TRABAJADO PARA LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE MURCIA
La experiencia docente en el Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional será considerada como servicios prestados en el mismo cuerpo para aquellas especialidades reconvertidas en el Cuerpo de Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
Tal como se establece en los Anexos XIII de la Orden de 21 de enero de 2026, la experiencia en centros privados se valorará en los apartados b.3) y b.4). No se considerará en la certificación expedida por la dirección de los centros autorizados, y por tanto no corresponderá el visado de la Inspección de Educación como servicios prestados a estos efectos, el trabajo desarrollado en servicios escolares autorizados o cualquier otro tipo de actividad extraescolar.
CÓMPUTO DE LA EXPERIENCIA DOCENTE (ANEXO XIII CONVOCATORIA OPOSICIÓN):
b.1) Por cada año de experiencia docente en especialidades del cuerpo al que se opta, en centros públicos: b.1a) PRIMEROS 10 AÑOS: 0,6 (mes/fracción 0,05) b1.b) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,4 (mes/fracción 0,03)
b.2) Por cada año de experiencia docente en especialidades de otros cuerpos docentes en centros públicos: b.2a) PRIMEROS 10 AÑOS: 0,3 en (mes/fracción 0,025) b.2b) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,2 (mes/fracción 0,016)
b.3) Por cada año de experiencia docente en especialidades del mismo nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta, en otros centros: b.3a) PRIMEROS 10 AÑOS: 0,3 (mes/fracción 0,025) b.3b) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,2 (mes/fracción 0,016)
b.4) Por cada año de experiencia docente en especialidades de distinto nivel educativo que el impartido por el cuerpo al que opta el aspirante, en otros centros: b.4a) PRIMEROS 10 AÑOS: 0,15 (mes/fracción 0,0125) b.4b) SEGUNDOS 10 AÑOS: 0,1 (mes/fracción 0,008)
NOTA. En la siguiente calculadora introduzca los números decimales con una coma. NO USE PUNTOS.