CONCURSO DE TRASLADOS 2026: Orden 21/10/2026 de convocatoria de todos los cuerpos docentes.

Plazo de presentación de solicitudes: Del 5 al 26 de noviembre (ambos inclusive).

Enlace a sede electrónica procedimiento 845:  Concurso de traslados de funcionarios de los cuerpos docentes

Además, se habilitará un enlace a la solicitud y posterior firma de la misma desde la zona privada del portal web Educarm (https:www.educarm.es), al que se accederá con el nombre de “usuario” y contraseña de funcionario docente.

NOTA: En caso de duda o incidencia en cualquier momento del proceso de cumplimentación de la solicitud se podrá contactar con el Servicio de Planificación y Provisión de Efectivos a través de la siguiente dirección de Internet: soporte.educacion@murciaeduca.es indicando en el ASUNTO: Procedimiento 845.

ANEXOS:

  • Pendiente de su desglose.

NOTA IMPORTANTE – PUESTOS BILINGÜES – dispongo 4º.2 (catedráticos y profesores de secundaria), 10º.2 (profesorado especialista en sectores singulares de formación profesional). 11º.2 (profesorado del cuerpo a extinguir de profesores técnicos de FP)

2. Puestos de enseñanza bilingüe.
Podrán optar a puestos bilingües de la correspondiente especialidad, según los tipos que se indican en los anexos VI y XI, los profesores titulares de las especialidades contempladas en el anexo I y II del Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, excluidas las de latín, griego, lengua castellana y literatura e idiomas modernos, que acrediten el dominio de las lenguas extranjeras: inglés, francés o alemán equivalente del nivel C1 o superior del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas. Este requisito se deberá justificar mediante la posesión de los títulos, diplomas y certificados indicados en el anexo del Decreto n.º 253/2025, de 11 de diciembre por el que se incorporan nuevos títulos, certificados y diplomas acreditativos de la competencia en lenguas extranjeras al Anexo del Decreto n.º 43/2015, de 27 de marzo, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y se crea la Comisión de Reconocimiento de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras. 

NOVEDAD: De acuerdo con lo establecido en el Decreto n.º 137/2024, de 25 de julio, por el que se regulan los programas de mejora y profundización en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para ocupar puestos de enseñanza bilingüe se requiere una certificación lingüística del nivel exigido para la etapa educativa del puesto y una acreditación de formación metodológica en Aprendizaje Integrado de Contenidos y Lenguas Extranjeras (AICLE). El reconocimiento de dicha acreditación AICLE corresponde a la Dirección General competente en materia de programas educativos.

Las personas interesadas en puestos de enseñanza bilingüe lo indicarán en la casilla correspondiente de la instancia telemática y deberán, en su caso, aportar telemáticamente una copia del correspondiente título, diploma o certificado que acredite un nivel C1, así como el documento acreditativo del reconocimiento de la acreditación AICLE.

NOTA SIDI – En todos los cuerpos se necesita la acreditación de AICLE desde el 01/09/2027. En el cuerpo de maestros el requisito sigue siendo B2, en secundaria, FP y Bachillerato, desde el 1/09/2026 solo se puede impartir docencia en bilingüe con la posesión del C1 en base al artículo 35.4 del Decreto n.º 137/2024, de 25 de julio, por el que se regulan los programas de mejora y profundización en lenguas extranjeras en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


Os recordamos que la Orden que regula la concesión de comisiones de servicios de carácter humanitario, establece como requisito para la concesión que se hubiese participado en el concurso de traslados para las comisiones de tipo 6.2 y 6.3. (salvo que no se pueda participar en el mismo por no haber trascurrido dos cursos desde el último centro adjudicado)

6.2.- Por motivos graves de salud.(plazo del 1 al 30 de abril)
6.2.a.- Por motivos de salud propios.
6.2.b.- Por motivos de salud de cónyuge (o persona con análoga relación de afectividad) o hijos.
6.2.c.- Por motivos de salud de ascendientes en primer grado.

6.3.- Por causas sociales y de cuidado de hijos menores de 12 años. (plazo del 1 al 30 de abril).
6.3.a.- Por cuidado de hijo menor de doce años.
6.3.b.- Por motivos de carácter social.
6.3.c.- Por conflicto laboral en centros educativos de la CARM.