Plazo para alegar omisiones, solicitar la exclusión de la lista o ser voluntario: Del 7 al 16 de marzo (ambos inclusive)
El sorteo público se realizará el día 8 de marzo de 2023, a las 10:00 horas, en la Sala de Prensa la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo, Avenida de la Fama, 15 – 1ª planta, Murcia.
Serán admisibles, como causas de exclusión, las que a continuación se indican:
a) Situación de permiso por maternidad o paternidad, por adopción o acogimiento o por acumulación de lactancia.
b) La imposibilidad absoluta derivada de enfermedad, debidamente certificada por la Unidad de Inspección Médica de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo.
c) Los permisos de reducción de jornada de trabajo concedidos hasta el 31 de julio de 2023 al amparo del artículo 48.h) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Resolución de 19 de mayo de 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda por la que se ordena la publicación del acuerdo sobre medidas sociales para el personal al servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia.
d) Los permisos de reducción de jornada concedidos hasta el 31 de agosto de 2023 al amparo del artículo 6.1 de la Ley 5/2012, de 29 de junio, de ajuste presupuestario y de medidas en materia de Función Pública.
e) Haber actuado efectivamente como miembro de tribunal en alguno de los procedimientos selectivos convocados por Orden de 6 de abril de
2018 o por Orden de 25 de enero de 2021.
f) Ser director o miembro del equipo directivo de centros educativos que imparten las enseñanzas establecidas en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o director de equipos de orientación educativa y psicopedagógica.
g) El ejercicio de actividades sindicales.
En el caso de hallarse en alguna de las circunstancias expuestas en las letras c), d), e) y f) de este apartado, la exclusión se concederá siempre que no impida configurar adecuadamente los tribunales requeridos en cada especialidad y cuando, a criterio de la Dirección General de Recursos Humanos, Planificación Educativa y Evaluación, lo permitan las necesidades del servicio.
Asimismo, quienes no aleguen su omisión de las listas en el mismo plazo y por el mismo procedimiento telemático, decaerán en su derecho a
participar en los tribunales.
Aquellos funcionarios de carrera en activo de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño que se encuentren, en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma, efectivamente prestando servicios en centros, programas o servicios educativos, y deseen formar parte como voluntarios de los tribunales, deberán solicitarlo de forma telemática en el mismo plazo y del modo indicado en el apartado tercero de esta Resolución.
En este caso los solicitantes manifestarán expresamente que no concurren en ellos ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.